domingo, 23 de diciembre de 2012

INCONSTITUCIONALIDAD DEL “NUEVO COOPERATIVISMO” EN CUBA.



El régimen castrista ha dispuesto mediante el Decreto Ley No.305 del 15 de noviembre de 2012 y de un conjunto de normas complementarias la institucionalización de una nueva forma de cooperativas a las que ha denominado “no agropecuarias”. El mencionado decreto ha sido impuesto por el gobierno sin respaldo de su propia constitución. 

La Constitución cubana vigente no toca ni ha dado espacio a otras formas de propiedad cooperativas que no sea la constituida por la asociación voluntaria de los agricultores pequeños, tal como lo significa el artículo 20 constitucional.

Los legisladores del régimen no hacen mención alguna a los fundamentos de derecho que les permitan disponer la creación de esta nueva forma de propiedad no agrícola. 

Se han referido a la Ley No.59 de 17 de julio de 1987, Código Civil, para enfocar a su tenor y no de la Constitución, el basamento legal utilizado indebidamente del artículo 145, que signó a las cooperativas de producción agropecuarias conocidas por su siglas como CPA, con personalidad jurídica, en relación con el artículo 148 y 149 todos del código civil. Una vez más han empujado el carro de un gobierno que no se adhiere a la Ley constitucional que lo rige.

Además de burlarse de su propia Ley el castrismo deja en un limbo  a los supuestos beneficiarios al sostener que esta nueva apertura es de “carácter experimental”. También los agrede social y económicamente.

El decreto define una serie de derechos y responsabilidades de las nuevas cooperativas que en forma burlesca igualmente contradice.  Por ejemplo señala que:

 “La cooperativa tiene personalidad jurídica y patrimonio propio; usa, disfruta y dispone de los bienes de su propiedad; cubre sus gastos con sus ingresos y responde de sus obligaciones con su patrimonio”.

Para luego descargar un conjunto de medidas y prohibiciones administrativas que deposita en los gobiernos municipales. Estas  regulaciones inducirán a que los nuevos propietarios  (socios cooperativistas) se vean obligados a caer en las redes de la corrupción administrativa si es que quieren lograr aprobaciones y permisos.

Así, han dispuesto que la creación de una cooperativa requiera de trámites de solicitud ante órganos locales del Poder Popular y organismos o entidades nacionales que rigen las actividades en que se prevén enmarcar.   Estos a su vez lo presentarán a la Comisión Permanente para la Implementación y Desarrollo, para que dicha Comisión las evalúe y presente al Consejo de Ministros.

Si la solicitud es aprobada por el Consejo de Ministros  y cumplidos los requisitos establecidos en el reglamento del presente Decreto-Ley, se dicta la autorización para la constitución de cada cooperativa, atendiendo a un conjunto de reglas que determinan los órganos u organismos implicados.

El Ministerio de Justicia, por intermediación de las oficinas notariales y del registro mercantil autorizará las escrituras de constitución de cada cooperativa, previo pago de las tasas impositivas.   Para regular las nuevas entidades con mano de hierro, el artículo 15 del decreto 305/2012 aclara que:

“Las cooperativas no podrán fusionarse, extinguirse, escindirse, ni modificarse sin la previa aprobación del órgano, organismo o entidad nacional que autorizó su constitución”.

En otras palabras parecería una  decisión del  Consejo de Ministros que en realidad se convertirá en una decisión del dictador de turno.

El General presidente en la Asamblea Nacional del Poder Popular, celebrada el 13 de diciembre de 2012, enfatizó:

 “Valoramos que la actualización del modelo económico marcha con paso seguro y se empieza a adentrar en cuestiones de mayor alcance”.

Se refiere al nuevo engaño que le están haciendo a la sociedad cubana al no permitirle la constitución de sociedades mercantiles privadas. 

Este Decreto Ley 305/2012, es un engendro maquiavélico de dependencia al sistema jurídico-político administrativista de los hermanos Castro aunque la prensa internacional lo presente como un ejemplo más de cambio en Cuba.



Lic. Ernesto García Díaz
Abogado y periodista independiente
Pequeño Agricultor
Coordinador de Política Agraria del partido
Cuba Independiente y Democrática (CID).

   

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